Solicitud desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia: con y sin certificado digital. Si te identificas electrónicamente, podrás descargarlo en el momento. Acceso directo al servicio de solicitud de certificado de nacimiento del Ministerio
No necesitas rellenar ningún impreso. Basta con que en la ventanilla proporciones el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que vas a solicitar el certificado.
Puedes presentar la solicitud a partir del día siguiente de la inscripción del nacimiento. La solicitud puede hacerse de manera ilimitada en el tiempo, incluso si la persona ha fallecido.
Para realizar este trámite no es necesario cita previa. No obstante, se recomienda utilizar esta vía, para agilizar las gestiones y evitar tiempos de espera. Solicitud de cita previa .
Puedes solicitar más información por teléfono o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto. En JustiziaEus tienes a tu disposición los datos de contacto de todas las Oficinas Generales del Registro Civil y de las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil (Juzgados de Paz) de Euskadi.
Te entregaremos al momento el certificado.
Si en el certificado de nacimiento observas algún error deberás iniciar un expediente de rectificación de error en el Registro Civil que te corresponda según tu domicilio aportando los documentos que acrediten tal inexactitud. Una vez realizado este trámite, el Registro Civil de tu domicilio se pondrá en contacto con el Registro en que obre el certificado de nacimiento para proceder a su modificación. En el plazo aproximado de tres días podrás obtener el certificado rectificado.
Aunque los certificados de nacimiento no tienen fecha de caducidad, sí que es cierto que para algunos trámites te pueden exigir que el certificado tenga una antigüedad no superior a tres o seis meses.
Hemos recopilado las dudas más habituales sobre los certificados de nacimiento en nuestra sección de Preguntas frecuentes.
Solicitud desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia: con y sin certificado digital. Si te identificas electrónicamente, podrás descargarlo en el momento. Acceso directo al servicio de solicitud de certificado de matrimonio del Ministerio
No necesitas rellenar ningún impreso. Basta con que en la ventanilla proporciones el nombre y apellidos de las personas que contrajeron matrimonio, y la fecha y lugar en la que se celebró el matrimonio.
Para realizar este trámite no es necesario cita previa. No obstante, se recomienda utilizar esta vía, para agilizar las gestiones y evitar tiempos de espera. Solicitud de cita previa
Puedes solicitar más información por teléfono o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto. En JustiziaEus tienes a tu disposición los datos de contacto de todas las Oficinas Generales del Registro Civil y de las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil (Juzgados de Paz) de Euskadi.
Te entregaremos al momento el certificado.
Si en el certificado de matrimonio observas algún error, ambos cónyuges debéis dirigiros con vuestro DNI o pasaporte al Registro Civil donde se encuentre empadronada la persona cuyos datos son incorrectos. Si el error es de trascripción de algún documento ya entregado, la rectificación se hará al momento y en el plazo de uno o dos días podrás obtener el certificado rectificado. Si el error está referido a datos como el nombre del padre o la madre, es necesario solicitar otros certificados para acreditar esa información (certificado de nacimiento de las personas progenitoras), por lo tanto, la resolución del error puede prolongarse durante varios días.
Aunque los certificados de matrimonio no tienen fecha de caducidad, sí que es cierto que para algunos trámites te pueden exigir que el certificado tenga una antigüedad no superior a tres o seis meses.
Hemos recopilado las dudas más habituales sobre los certificados de matrimonio en nuestra sección de Preguntas frecuentes.
Solicitud desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia: con y sin certificado digital. Si te identificas electrónicamente, podrás descargarlo en el momento. Acceso directo al servicio de solicitud de certificado de defunción del Ministerio
No necesitas rellenar ningún impreso. Basta con que en la ventanilla proporciones el nombre, apellidos, fecha y lugar de defunción de la persona sobre la que vas a solicitar el certificado.
Puedes presentar la solicitud 48 horas después del registro del fallecimiento.
Para realizar este trámite no es necesario cita previa. No obstante, se recomienda utilizar esta vía, para agilizar las gestiones y evitar tiempos de espera. Solicitud de cita previa
Puedes solicitar más información por teléfono o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto. En JustiziaEus tienes a tu disposición los datos de contacto de todas las Oficinas Generales del Registro Civil y de las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil (Juzgados de Paz) de Euskadi.
Te entregaremos al momento el certificado.
Si en el certificado de defunción observas algún error deberás iniciar un expediente de rectificación de error en el Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento aportando los documentos que acrediten tal inexactitud. Si se trata de un error de grafía durante la trascripción de los datos, subsanarán el error al momento y te entregarán un certificado de defunción con los datos rectificados. Si el error localizado en el certificado es porque el DNI de la persona fallecida o cualquier otro documento contiene también dicho error, la subsanación de la incorrección conllevará diferentes gestiones como la tramitación del certificado de nacimiento, por lo que el trámite se puede prolongar durante varios días y, por lo tanto, hasta pasado dicho plazo no te podrán entregar el certificado rectificado.
Aunque los certificados de defunción no tienen fecha de caducidad, sí que es cierto que para algunos trámites te pueden exigir que el certificado tenga una antigüedad no superior a tres o seis meses.
Hemos recopilado las dudas más habituales sobre los certificados de defunción en nuestra sección de Preguntas frecuentes.
Los medios de prueba preferentes para acreditar la vida y el estado civil de una persona no requieren del Encargado del Registro Civil. Por tanto, para evitar retrasos injustificados, la vida puede probarse por comparecencia del sujeto y el estado civil por declaración del propio sujeto ante el organismo que realice el trámite sin necesidad de acudir al Registro Civil |
Si necesitas una fe de vida, bastará con que te persones ante el funcionario de la unidad administrativa que tramite el procedimiento de que se trate con tu DNI; en caso de que representes a un tercero, deberás adjuntar tu DNI y certificado médico con fecha de expedición inferior a 15 días en el que se haga constar que la persona está viva y no puede personarse por dificultades de movilidad o enfermedad.
Si necesitas una fe de vida y estado civil tanto para un procedimiento en la Administración Pública como para un matrimonio religioso, o registro de uniones de hecho, bastará con que presentes ante la unidad administrativa que tramite el procedimiento, una declaración responsable de tu estado civil, debiendo tener en cuenta, las consecuencias legales que suponen el facilitar datos falsos a la Administración Pública.
>> Más información: Circular sobre el objeto y uso del certificado de fe de vida (PDF, 389.67 KB)
No necesitas rellenar ningún impreso. Basta con que en la ventanilla te presentes con tu DNI.
Si tienes que acudir de manera presencial a realizar este trámite a un Registro Civil, puedes solicitar cita previa:
Puedes solicitar más información por teléfono o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto. En JustiziaEus tienes a tu disposición los datos de contacto de todas las Oficinas Generales del Registro Civil y de las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil (Juzgados de Paz) de Euskadi.
Si haces la petición en un Registro Civil, te entregaremos al momento el certificado.
Si haces la petición en un Juzgado de Paz, la entrega puede retrasarse varios días a la espera de que la persona encargada firme el documento.
Si cuando te entreguen el certificado de fe de vida y estado observas algún error te lo corregirán al momento.
Únicamente se admite que otra persona acuda en tu nombre a recoger el certificado de fe de vida y estado cuando te lo impida tu estado de salud y lo puedas demostrar a través de un certificado médico. Esa persona deberá presentar además tu DNI original.
Los certificados de fe de vida y estado no tienen fecha de caducidad, pero los organismos que te exijan este certificado sí que te pueden imponer que tenga una antigüedad determinada como máximo. Tienes que tener en cuenta que la antigüedad exigida para este tipo de certificados suele ser muy limitada, en ocasiones, de incluso días.
Hemos recopilado las dudas más habituales sobre los certificados de fe vida en nuestra sección de Preguntas frecuentes.