Procedimiento para la obtención del reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita.
Para solicitar asistencia jurídica gratuita en Euskadi será necesario pedir cita previa, bien a través del Servicio de Cita Previa, bien a través de los teléfonos de los Servicios de Orientación Jurídica de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
Anexo I al Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita. Modelo de procedimiento general para la solicitud del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita.
Anexo II al Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita. Modelo de procedimientos especiales para la solicitud del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita.Si eres persona trabajadora
Si eres pensionista, si no tienes empleo o cobras algún tipo de pensión, prestación, subsidio o ingreso periódico o esporádico de cualquier tipo
Si has contraído matrimonio o convives con alguien
Documentación requerida en supuestos especiales
La solicitud de asistencia jurídica gratuita debes presentarla:
Puedes presentarla en los siguientes lugares:
Subsanación de posibles errores
El SOJ recibe las solicitudes y examina toda la documentación aportada. En el caso de que dicha documentación no sea correcta o sea insuficiente, se lo comunica a la persona interesada, quien debe subsanarlo en un plazo de diez días hábiles. El SOJ archiva la solicitud en caso de que la documentación requerida no sea presentada.
Resolución de la Comisión
La solicitud junto con la documentación pasa a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita quien decide de forma definitiva si se otorga o no a la persona el beneficio de la justicia gratuita, confirmando o revocando la resolución provisional del SOJ.
Presentación de recursos
Las resoluciones definitivas de la Comisión podrán ser impugnadas. Para impugnar no es necesaria la intervención de una abogada o abogado.
Deberá presentarse un escrito motivado ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución, o desde que haya sido conocida por cualquiera de las personas legitimadas para interponerla.
El recurso lo resolverá el Juzgado o Tribunal competente, después de citar a las partes y practicar las pruebas que se estimen pertinentes, mediante un auto contra el que no cabrá recurso alguno.
Preguntas frecuentes
Hemos recopilado las dudas más habituales sobre la justicia gratuita en nuestra sección de Preguntas frecuentes.