La prisión permanente revisable es una pena privativa de libertad que, como su nombre indica, es “revisable”; es decir, pasado un determinado periodo de tiempo, que puede oscilar entre los 25 y los 35 años, el preso o presa verá revisada su condena y, dependiendo de distintos supuestos, puede obtener la libertad.
Esta pena está destinada a los delitos de extrema gravedad. Actualmente se aplica en los siguientes supuestos:
- Asesinato de menor de 16 años o persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad física o mental.
- Asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.
- Asesinato cometido por miembro de grupo u organización criminal.
- Asesinato múltiple.
- Asesinato terrorista.
- Homicidio del jefe del Estado o del heredero.
- Homicidio de jefes de Estado extranjeros o persona internacionalmente protegida por un Tratado que se halle en España.
- Genocidio o crímenes de lesa humanidad.