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  • 12/10/2024
  • 05:20:51
justizia.eus

Gracia de indulto

Tramitación electrónica

Si lo solicitas por internet, debes:

  • Acceder al servicio de solicitud de indulto del Ministerio de Justicia (abre en nueva ventana).
  • Disponer de algún método de identificación electrónica (Certificado de Izenpe, DNIe, FNMT, otro certificado electrónico o Cl@ve).
  • Presentar la siguiente documentación:
    • La solicitud (abre en nueva ventana) debidamente cumplimentada. (Si la persona para la que se solicita el indulto hubiera sido condenada por varios Juzgados o Tribunales, se deberá presentar una solicitud por cada una de las condenas para las que se solicite el indulto.)
    • Copia del DNI o pasaporte.
    • Copia de la Sentencia condenatoria por la que deseas que se tramite el expediente de indulto.
    • Toda la documentación acreditativa que puedas aportar en razón de la solicitud planteada (reinserción social, laboral o familiar del penado, proceso de desintoxicación, etc.)
  • Tener instalado en el equipo la aplicación Autofirma para firmar digitalmente el contenido. Puedes descargar la aplicación en el siguiente enlace: Descarga Autofirma. (abre en nueva ventana) 

Tramitación presencial

Si lo solicitas de forma presencial debes disponer de la siguiente documentación:

  • La solicitud (abre en nueva ventana) debidamente cumplimentada. (Si la persona para la que se solicita el indulto hubiera sido condenada por varios Juzgados o Tribunales, se deberá presentar una solicitud por cada una de las condenas para las que se solicite el indulto.)
  • Copia del DNI o pasaporte.
  • Copia de la Sentencia condenatoria por la que deseas que se tramite el expediente de indulto.
  • Toda la documentación acreditativa que puedas aportar en razón de la solicitud planteada (reinserción social, laboral o familiar del penado, proceso de desintoxicación, etc.).

 Y presentarla en alguna de las siguientes direcciones:

Si lo solicitas por correo postal:

Deberás remitir la documentación mencionada a la siguiente dirección: Registro General del Ministerio de Justicia. C/ Bolsa 8. 28071 Madrid.

Consulta de la solicitud

Una vez realizada la solicitud, podrás consultar el estado de dicha solicitud mediante la sede electrónica del Ministerio (abre en nueva ventana).

Para ello, necesitarás disponer de algún método de identificación electrónica (DNIe u otro certificado electrónico, Cl@ve Pin, Cl@ave Permanente).

Más información

  • En ningún caso el indulto comprenderá la responsabilidad civil derivada del delito.
  • El indulto de penas pecuniarias (multa) exime a la persona indultada de pagar las cantidades aún no abonadas, pero no implica la devolución de las ya pagadas, salvo que se diga expresamente.
  • Tampoco el indulto se extenderá a las costas procesales.
  • La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en Real Decreto que se insertará en el Boletín Oficial del Estado.
  • La denegación del indulto se comunicará al órgano sentenciador para su traslado a los interesados.