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  • 21/11/2024
  • 12:21:23
justizia.eus

Apoderamiento apud acta

Tramitación electrónica

El apoderamiento apud acta se puede realizar por comparecencia electrónica mediante la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia (abre en nueva ventana). Proporciona un servicio de apoderamiento apud acta electrónico efectivo en todo el territorio nacional.

Cualquier ciudadano o ciudadana puede realizar el alta de un apoderamiento si dispone de un DNI electrónico o certificado digital.

El otorgamiento apud acta por comparecencia electrónica tiene que ser efectuado el mismo día que se presente el primer escrito o se produzca la primera actuación del procurador o procuradora.

Tramitación presencial

Para solicitar un apoderamiento apud acta en una sede judicial de Euskadi será necesario pedir primero cita a través del Servicio de Cita Previa de JustiziaEus para Órganos Judiciales, Fiscalías, Secretaría de Gobierno y Servicios.

El apoderamiento apud acta permite otorgar a un procurador o procuradora el poder para que represente a una persona en un procedimiento judicial.

Qué necesitas

El apoderamiento apud acta se puede realizar por comparecencia personal ante un Letrado o Letrada de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial.

Necesitas un documento que te identifique (DNI o pasaporte).

Cuándo y dónde solicitarlo

El otorgamiento apud acta por comparecencia personal tiene que ser efectuado el mismo día que se presente el primer escrito o se produzca la primera actuación del procurador o procuradora.

También puedes otorgar con antelación el apoderamiento acudiendo al decanato de los juzgados, para cualquier procedimiento y tribunal de la geografía española. En algunos casos se entrega el apud acta en el momento y, en otros, hay que volver a recogerlo pasados unos días. No es necesario que asista el o la procuradora a ese acto de otorgamiento previo.

Puedes presentarlo en los siguientes lugares:

  • En cualquier oficina judicial, ante un Letrado o Letrada de la Administración de Justicia. 
  • En el decanato de los juzgados. 

Puedes consultar la dirección y datos de contacto de los órganos judiciales del País Vasco.

Más información

El artículo 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones (abre en nueva ventana) Públicas determina la inscripcion de los apoderamientos Apud Acta. 
En este sentido, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (abre en nueva ventana), en su artículo 33 regula el registro electrónico de los apoderamientos Apud Acta. 

Este apoderamiento puede acreditarse mediante consulta automatizada orientada al dato que confirme la inscripción de esta en el Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales, cuando el sistema así lo permita. En otro caso, se acreditará mediante la certificación de la inscripción en el Registro Electróncio de Apoderamientos Judiciales (Artículo 24 Ley de Enjuiciamiento Civil (abre en nueva ventana)).

 

Fecha de última modificación: