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  • 21/12/2024
  • 13:04:48
justizia.eus

Devolución de ingresos indebidos para el abono de tasas administrativas modelo 790

Tramitación electrónica

 Si lo solicitas por internet debes realizar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia  (abre en nueva ventana)dónde se te solicitará que te identifiques con certificado de Izenpe, DNIe, FNMT, otro certificado electrónico o Cl@ve.

Tramitación presencial

Si lo solicitas de forma presencial o por correo debes: 

  • Presentar junto a la solicitud la siguiente documentación dependiendo del suceso:
    • Para certificados que finalmente no solicitaste: Documento original de ingreso "Ejemplar para la administración", impreso 790.
    • Para certificados que solicitaste: Fotocopia del original del ingreso "Ejemplar para el interesado"
  • También tienes la posibilidad de presentar otros documentos acreditativos de derecho a la devolución. 

Dónde solicitarlo

De forma presencial

Por correo

Enviar toda la documentación por correo a la siguiente dirección: Oficina Central de Atención al Ciudadano (abre en nueva ventana)

Envío de la solicitud

Deberás dirigir la solicitud al órgano gestor de la tasa cuya devolución solicitas: 

  • Subdirección General de Desarrollo e Implantación de Servicios Digitales: Si solicitas la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la emisión de un certificado de Antecedentes Penales (modelo 790 006). 
  • Subdirección General del Notariado y de los Registros: Si solicitas la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la emisión de un certificado de Últimas Voluntades y Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento (Modelo 790 006). 
  •  Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil: Si solicitas la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la solicitud de la Nacionalidad Española (modelo 790 026).

El Centro Gestor correspondiente dictará la oportuna resolución reconociendo o no el derecho de devolución de la tasa, del cual serás notificado. De ser reconocido el derecho a devolución, y tras la oportuna propuesta a la Agencia Tributaria, esta te devolverá directamente el importe solicitado, o, en su caso, solicitará aclaración al Ministerio de Justicia, si apreciara alguna incidencia en el expediente objeto de devolución.